Comunicados de Prensa

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Bogotá, 1° de octubre de 2015. - A propósito del fallo proferido por el CONSEJO DE ESTADO sobre el pleito entre ETB y COMCEL S.A., la ANDJE se permite informar a la opinión pública:

1.   Que el Consejo de Estado ha confirmado, una vez más, la validez y legalidad de los argumentos que tanto la ETB como esta Agencia invocaron en el proceso arbitral que culminó con el laudo proferido el 10 de octubre de 2014, señalando de manera expresa y categórica que los conflictos que se susciten entre operadores de telecomunicaciones durante la ejecución de los contratos de interconexión que celebren, independientemente de si los operadores son de un mismo país o no, deben ser resueltos por la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES.

2.   Que, tal como lo ha señalado la Corte Constitucional en la Sentencia C-186 de 2011, no es inconstitucional que los conflictos surgidos entre operadores por temas atinentes a la interconexión deban ser resueltos por la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES, pues claramente la Ley 1341 de 2009 le otorga en su artículo 22 numeral 9º esta facultad, pues desde el punto de vista constitucional es válido que se restrinja la libertad que tienen los proveedores de redes y servicios de telecomunicaciones de acudir al arbitraje, en ciertos casos, para entregarle la función de resolver ciertos conflictos a un organismo administrativo, pues tal posibilidad constituye una de las formas de intervención del Estado, en los términos del artículo 334 de la Constitución Política.

3.   Que, contrario a lo que ha afirmado COMCEL S.A., la interpretación prejudicial que sobre estas materias realiza el TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA es procedente, obligatoria y vinculante (imperativa) y en este sentido resulta desatinado el planteamiento formulado por dicha sociedad, según el cual, en esta clase de procesos no se debe aplicar "ninguna norma andina", pues, tal como lo señaló el Consejo de Estado, esto sería desconocer de manera palmaria los pronunciamientos hechos por el TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA COMUNIDAD ANDINA en torno a la materia.

La ANDJE respeta y elogia este fallo proferido por el Consejo de Estado que servirá como precedente en las innumerables disputas entre operadores de telecomunicaciones en la ejecución de contratos de interconexión, y exhorta a la COMISIÓN DE REGULACIÓN DE COMUNICACIONES, no solo para que las resuelva, sino también para que promueva mecanismos alternativos de solución de conflictos que permitan remediar de manera amistosa esta clase de controversias.