Comunicados de Prensa

Bogotá,  16 de julio de 2015. – Gracias a una oportuna coordinación entre la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y las entidades demandadas, un Juzgado de Pasto le dio la razón a la Superintendencia Financiera en un proceso que cursa en su contra por el fenómeno de captadoras ilegales; con esta decisión de primera instancia se evitó el pago de más de $600 millones, pero esta es apenas una de las 339 demandas por reparación directa que cursan contra la Nación por este tema, sin contar 58 acciones de grupo, que unidas le pueden costar al Estado 43 billones de pesos.

Con este fallo, se sienta un precedente jurídico muy importante:

Y es precisamente porque la decisión la tomó un Juzgado de Pasto, ciudad donde el fenómeno de captadoras se presentó con mayor fuerza en el país. Adicionalmente, el fallo deja muy claro que el Estado no pudo ser responsable cuando los demandantes actuaron con negligencia al estructurar negocios con las captadoras, dado que conocían de los exorbitantes intereses ofrecidos, lo que de por si resultaba sospechoso, hecho que sienta un precedente, no sólo en el desarrollo de este proceso, sino también en el de otros que se adelantan en contra de la Nación por estos hechos.

Tal como lo citó el Juez en la sentencia, "el Estado únicamente cuenta con la capacidad regulatoria y sancionatoria respecto de las actividades económicas y comerciales que los particulares practiquen, pero ello no es extrapolable al punto de que pueda intervenir impidiendo o delimitando la voluntad particular en las actuaciones y negocios jurídicos de orden privado que celebren los ciudadanos, tal como deviene de la libre voluntad negocial de los particulares, consagrada en el Código Civil y en el Código de Comercio".


De hecho, la Agencia y las entidades demandadas han sostenido que no cabe responsabilidad alguna del Estado frente al tema de captadoras ilegales, puesto que no existe prueba de daño, se presenta una culpa evidente de las víctimas y existen inconsistencias en la información y variaciones injustificadas entre la información dada por los demandantes y la que reposaba en el expediente. ​