Comunicados de Prensa

Bogotá, 21 de octubre de 2014. - A propósito de un nuevo laudo que el día de hoy decidió a favor de CLARO un proceso arbitral que la tenía enfrentada con la ETB, la ANDJE se permite hacer las siguientes aclaraciones:

  • En ejercicio de sus competencias legales, la ANDJE ha intervenido en dos procesos arbitrales iniciados por CLARO en contra de la ETB.
  • Uno de ellos, fue fallado el pasado 10 de octubre a favor de ETB, dándole la razón a la empresa distrital y acogiendo los argumentos de hecho y de derecho presentados por esta Agencia, por la misma ETB y por la Procuraduría General de la Nación.  Con ello la Empresa distrital se salvó de pagar más de $45.000 millones.
  • El otro fue fallado el día de hoy en contra de la ETB.  Cabe precisar que se trataba de un proceso idéntico al primero pero que CLARO promovió de manera separada. El laudo NO FUE UNÁNIME y la Agencia se encuentra analizando las acciones y actuaciones legales que permitan continuar en este caso, ejercer su función de protección de los intereses litigiosos del Estado y de los recursos públicos.
  • En este segundo pleito, por información suministrada por la ETB y que obra en el expediente, la Agencia conoció que uno de los árbitros había sido recusado por dicha Empresa debido a que había incumplido el deber legal de información que tienen los árbitros, toda vez que no reveló que había sido nombrado arbitro en otro proceso arbitral iniciado en contra CLARO y adicionalmente tampoco reveló que había coadyuvado una acción de tutela interpuesta por esta misma sociedad en contra de la sentencia que anuló el laudo arbitral que había resuelto la controversia.  Esta recusación no prosperó razón por la cual el árbitro continuó ejerciendo su cargo.
  • La Agencia también conoció por información suministrada por la ETB y que figura en la página web de la rama judicial que el mismo árbitro enfrenta, por otros hechos, una denuncia penal por los delitos de estafa agravada tentada, falsedad en documento público agravada por el uso, obtención de documento público falso, falsedad en documento privado, destrucción, supresión u ocultamiento de documento público, cuyo conocimiento está a cargo del Juzgado 16 Penal del Circuito.  La Fiscalía solicitó proferir medida de aseguramiento consistente en detención preventiva en centro carcelario, decisión que fue negada por el juez de control de garantías pero que fue apelada por la Fiscalía y por los denunciantes y que a la fecha no se ha resuelto.