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| No | 11 | NÚMERO DE RADICADO DE CONCEPTO PREVIO ANDJE | 20141030023471-OAJ | ENTIDAD SOLICITANTE | UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP | NOMBRE DEL SOLICITANTE | | TIPO DE PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | SENTENCIA | CORPORACIÓN | CONSEJO DE ESTADO | PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | 25000232500020100003101 | NÚMERO INTERNO | 0899-11 | FECHA PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | 2011-09-14T05:00:00Z | TEMA CONCEPTO | Reliquidación de pensión de personal de la Contraloría General de la República | SUBTEMA CONCEPTO | "Reliquidación de pensión de jubilación con base en los factores salariales devengados en el último semestre de servicios, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 929 de 1976 " | SENTIDO DEL CONCEPTO PREVIO | Conforme con lo expuesto, la Agencia concluye que la solicitud de extensión de jurisprudencia formulada mediante apoderado el peticionario, es improcedente, porque no cumple con uno de los presupuestos previstos en el artículo 102 del CPACA cuando impone a las autoridades el deber de extender los efectos de una sentencia de unificación jurisprudencial.
En efecto, las sentencias invocadas no fueron proferidas en el marco de alguno de los escenarios contemplados en el artículo 270 del CPACA, al que debe acudir la Administración para verificar cuáles sentencias son de unificación jurisprudencial.
| Datos adjuntos |
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Creado el 1/02/2015 10:12 a. m. por Cuenta del sistema
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Última modificación realizada el 12/02/2018 12:14 p. m. por Rafael Andres Forero Contreras
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| No | 11 | NÚMERO DE RADICADO DE CONCEPTO PREVIO ANDJE | 20141030023471-OAJ | ENTIDAD SOLICITANTE | UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP | NOMBRE DEL SOLICITANTE | | TIPO DE PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | SENTENCIA | CORPORACIÓN | CONSEJO DE ESTADO | PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | 25000232500020100003101 | NÚMERO INTERNO | 0899-11 | FECHA PRONUNCIAMIENTO INVOCADO | 2011-09-14T05:00:00Z | TEMA CONCEPTO | Reliquidación de pensión de personal de la Contraloría General de la República | SUBTEMA CONCEPTO | "Reliquidación de pensión de jubilación con base en los factores salariales devengados en el último semestre de servicios, de conformidad con lo establecido en el Decreto Ley 929 de 1976 " | SENTIDO DEL CONCEPTO PREVIO | Conforme con lo expuesto, la Agencia concluye que la solicitud de extensión de jurisprudencia formulada mediante apoderado el peticionario, es improcedente, porque no cumple con uno de los presupuestos previstos en el artículo 102 del CPACA cuando impone a las autoridades el deber de extender los efectos de una sentencia de unificación jurisprudencial.
En efecto, las sentencias invocadas no fueron proferidas en el marco de alguno de los escenarios contemplados en el artículo 270 del CPACA, al que debe acudir la Administración para verificar cuáles sentencias son de unificación jurisprudencial.
| Datos adjuntos |
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Creado el 1/02/2015 10:12 a. m. por Cuenta del sistema
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Última modificación realizada el 12/02/2018 12:14 p. m. por Rafael Andres Forero Contreras
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