Conceptos Jurisprudencia Articulo 614

No

24

NÚMERO DE RADICADO DE CONCEPTO PREVIO ANDJE

20171030074601-OAJ

ENTIDAD SOLICITANTE

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP

NOMBRE DEL SOLICITANTE

TIPO DE PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

SENTENCIA

CORPORACIÓN

CONSEJO DE ESTADO

PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

1700123310001999062701

NÚMERO INTERNO

4526-01

FECHA PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

2003-03-13T05:00:00Z

TEMA CONCEPTO

Reliquidación pensión de jubilación beneficiarios de la Ley 33 de 1985

SUBTEMA CONCEPTO

Factores salariales a incluir en la liquidación de la pensión de jubilación

SENTIDO DEL CONCEPTO PREVIO

La sentencia no es de unificación jurisprudencial, pues no se ajusta a los postulados de los artículos 270 y 271 del CPACA. Sin perjuicio de lo anterior, la Agencia advierte igualmente que la sentencia no contiene la jurisprudencia unificada en materia de liquidación de pensiones en el régimen de transición, en tanto difiere de la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la misma materia de acuerdo con lo decidido en la sentencia C-816 de 2011 debe ser tenida en cuenta de manera preferente por las autoridades al momento de resolver solicitudes de extensión de jurisprudencia, según se analizó en el presente concepto.
Datos adjuntos
24 - 20171030074601.pdf    
Creado el 31/07/2018 4:49 p. m. por Rafael Andres Forero Contreras
Última modificación realizada el 1/08/2018 3:31 p. m. por Rafael Andres Forero Contreras

No

24

NÚMERO DE RADICADO DE CONCEPTO PREVIO ANDJE

20171030074601-OAJ

ENTIDAD SOLICITANTE

UNIDAD ADMINISTRATIVA ESPECIAL DE GESTIÓN PENSIONAL Y CONTRIBUCIONES PARAFISCALES DE LA PROTECCIÓN SOCIAL - UGPP

NOMBRE DEL SOLICITANTE

TIPO DE PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

SENTENCIA

CORPORACIÓN

CONSEJO DE ESTADO

PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

1700123310001999062701

NÚMERO INTERNO

4526-01

FECHA PRONUNCIAMIENTO INVOCADO

2003-03-13T05:00:00Z

TEMA CONCEPTO

Reliquidación pensión de jubilación beneficiarios de la Ley 33 de 1985

SUBTEMA CONCEPTO

Factores salariales a incluir en la liquidación de la pensión de jubilación

SENTIDO DEL CONCEPTO PREVIO

La sentencia no es de unificación jurisprudencial, pues no se ajusta a los postulados de los artículos 270 y 271 del CPACA. Sin perjuicio de lo anterior, la Agencia advierte igualmente que la sentencia no contiene la jurisprudencia unificada en materia de liquidación de pensiones en el régimen de transición, en tanto difiere de la jurisprudencia de la Corte Constitucional en la misma materia de acuerdo con lo decidido en la sentencia C-816 de 2011 debe ser tenida en cuenta de manera preferente por las autoridades al momento de resolver solicitudes de extensión de jurisprudencia, según se analizó en el presente concepto.
Datos adjuntos
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Última modificación realizada el 1/08/2018 3:31 p. m. por Rafael Andres Forero Contreras