Preguntas Frecuentes

¿Se debe vincular a la Agencia en todos los procesos judiciales, inclusive en las acciones de tutela?

 
No. En ningún proceso judicial que se adelante contra organismos, entidades o autoridades públicas puede tenerse a la Agencia como demandado ni mucho menos imponérsele que comparezca, intervenga o se vincule, pues su participación ha sido prevista por el legislador de forma facultativa en aquellos procesos en donde una entidad pública del orden nacional sea parte, cumpliendo con unos criterios de intervención estipulados en la Ley y en los Acuerdos de Consejo Directivo de esta Agencia, con el propósito de contribuir en la defensa de los intereses patrimoniales del Estado.

 
Bajo ese entendido, mediante Acuerdo No. 001 de 2013, se fijó el alcance y la participación de la Entidad en las controversias contra entidades públicas en cuanto a complejidad y recurrencia de las demandas, y creó la "Instancia de Selección" en la que se decide qué procesos cumplen con dichos criterios y en los cuales la Agencia debe intervenir o realizar recomendaciones frente a la defensa jurídica de la entidad pública involucrada.
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