¡Triunfo en el caso Sampués!, Estado ahorra 46 billones de pesos
- En el proceso judicial se señalaba a la Oficina de Tránsito y Transporte del municipio de Sampués, en Sucre, de operar de forma ilegal
- Se trataba del tercer caso más cuantioso que enfrentaba el Estado a nivel nacional
Bogotá, 18 de octubre de 2024. En una importante sentencia emitida el 23 de septiembre de 2024, el Consejo de Estado negó las pretensiones de una demanda que podría haberle costado al país la suma de 46 billones de pesos. En el proceso judicial se señalaba a la Oficina de Tránsito y Transporte del municipio de Sampués, en Sucre, de operar de forma ilegal, lo que supuestamente perjudicaba a los conductores sancionados por dicha entidad.
Sin embargo, tras una detallada revisión, la Subsección "C" de la Sección Tercera del Consejo de Estado confirmó que la demanda contenía varias pretensiones, algunas de las cuales fueron presentadas fuera del plazo permitido por la ley, por lo que se declaró la caducidad de la acción en ciertos aspectos. Además, determinó que la Oficina de Tránsito fue creada de manera legal y que las multas impuestas correspondían a infracciones de tránsito reales; decisión que representa un ahorro millonario para las arcas del Estado, al evitar el pago de indemnizaciones que los demandantes reclamaban.
La demanda fue promovida por un grupo de 50 personas contra varias entidades del gobierno, entre ellas el Ministerio de Transporte, el Ministerio de Defensa Nacional – Policía Nacional, la Superintendencia de Transporte, la Procuraduría General de la Nación y el Departamento de Sucre.
Para el director de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, César Palomino Cortés, “Este fallo se convierte en una gran victoria para el país, ya que protege los recursos públicos y refuerza la autoridad de las entidades encargadas de hacer cumplir las normas de tránsito".
Con la intervención de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado y la defensa implementada por las entidades públicas demandadas, se logró ganar este proceso judicial, que era el tercero más cuantioso que enfrentaba el Estado a nivel nacional y uno de los más confusos, por la pluralidad de pretensiones que contenía la demanda, tal y como lo advirtió el propio Consejo de Estado.
Proceso No. 70001-23-33-000-2015-00019-01.