BUZÓN TUTELAS CONTRA ENTIDADES PÚBLICAS DEL ORDEN NACIONAL(Art. 199 Ley 1437 de 2011) -- 2558955 ext: 430
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BUZÓN TUTELAS CONTRA ENTIDADES PÚBLICAS DEL ORDEN TERRITORIAL __ ext: 908
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BUZÓN ACCIONES DE TUTELA EN CONTRA DE LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO (Artículo 197 de la Ley 1437 de 2011)---- ext: 406
BUZÓN PROCESOS JUDICIALES CONTRA ENTIDADES PÚBLICAS DEL ORDEN NACIONAL ___ ext: 430
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En virtud del artículo 199 del Código de Procedimiento Administrativo y de lo Contencioso Administrativo (Ley 1437 de 2011), se recibirán a través de este buzón el auto admisorio de la demanda con la copia de la demanda, así como de los mandamientos de pago en donde sean parte las entidades públicas diferentes a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado.
BUZÓN PROCESOS JUDICIALES CONTRA ENTIDADES PÚBLICAS DEL ORDEN TERRITORIAL __ ext: 908
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En virtud del artículo Artículo 199 de la Ley 1437 de 2011, se recibirán a través de este buzón el auto admisorio de la demanda con la copia de la demanda, así como de los mandamientos de pago en donde sean parte la Entidades Públicas diferentes a la Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado
BUZÓN PROCESOS JUDICIALES EN CONTRA DE LA AGENCIA NACIONAL DE DEFENSA JURÍDICA DEL ESTADO (Artículo 197 de la Ley 1437 de 2011)---- ext: 406
BUZÓN PROCESOS JUDICIALES Y TUTELAS EN CONTRA DEL EXTINTO D.A.S_____________ ext: 702
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Notificación de procesos judiciales a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado
BUZÓN INVITACIÓN A COMITÉ DE CONCILIACIÓN ____________________________ ext: 334 De conformidad con el artículo 6° Numeral 3° Literal 8° y 17 numeral 8° del decreto 4085 de 2011 “por el cual se determinan los objetivos de la Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado y se establece su estructura” es función general de la Agencia la participación facultativa, prioritaria y con derecho a voz y voto en los comités de conciliación de las entidades u organismos del orden nacional; asistencia que se determina adicionalmente en atención al cumplimiento o no de los criterios para asistir a comités señalados por el Consejo Directivo en los artículos 1°, 2°, 3°, 6°, 16, 17, 19 y 20 del acuerdo 006 de 2012
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BUZÓN SOLICITUDES DE CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL CUANDO SE CONVOCA UNA ENTIDAD PÚBLICA DEL ORDEN NACIONAL____ ext: 432
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En virtud del artículo 613 del Código General del Proceso, los peticionarios podrán acreditar la entrega de copia de la solicitud de conciliación a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a través de este buzón. El sistema le generará un documento que acredita la presentación de la solicitud de conciliación y en el caso de requerirse, presentar dicho documento ante la Procuraduría General de la Nación para la solicitud de audiencia de conciliación.
BUZÓN SOLICITUDES CONCILIACIÓN EXTRAJUDICIAL CUANDO SE CONVOCA UNA ENTIDAD PÚBLICA DEL ORDEN TERRITORIAL (Artículo 613 de la Ley 1564 de 2012)__ext: 908
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En virtud del artículo 613 del Código General del Proceso, los peticionarios podrán acreditar la entrega de copia de la solicitud de conciliación a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a través de este buzón. El sistema le generará un documento que acredita la presentación de la solicitud de conciliación y en el caso de requerirse, presentar dicho documento ante la Procuraduría General de la Nación para la solicitud de audiencia de conciliación.
BUZÓN EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA VÍA JUDICIAL (Artículo 269 de la Ley 1437 de 2011) _______ ext: 790 - 702
BUZÓN SOLICITUDES DE CONCEPTO PREVIO EXTENSIÓN DE JURISPRUDENCIA (Artículo 614 de la Ley 1564 de 2012)---- ext: 724
BUZÓN PETICIONES, QUEJAS, RECLAMOS Y SOLICITUDES (PQRS)---- ext: 777
BUZÓN DE INTERVENCIÓN PROCESAL DE LA ANDJE (Artículo 610 de la Ley 1564/2012)---- ext: 336
BUZON DE ARBITRAMENTO - USO EXCLUSIVO PARA CENTROS DE ARBITRAJE _________
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En virtud del artículo 12 del Estatuto de Arbitraje Nacional e Internacional y del artículo 610 del Código General del Proceso, a tráves de este buzón electrónico se recibirá la comunicación de la demanda con la copia de la misma y la comunicación con la fecha de instalación del Tribunal, en donde sean parte las Entidades Públicas
FACTURA ELECTRÓNICA ____________________________ ext: 709

Con la expedición del Decreto 2242 en el 2015, y las fechas que se definieron con la Reforma Tributaria en diciembre del 2016, se dio paso a la propuesta de evolucionar y masificar el proceso de facturación como un mecanismo anti-evasión.

De esta manera se reglamentó que, a partir de enero del 2018, todas las empresas declaradas por la DIAN como grandes contribuyentes están obligadas a implementar la Factura Electrónica como única forma de registro contable en sus transacciones. En este sentido La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, pone a disposición el siguiente buzón electrónico para efectuar la notificación las Facturas Electrónicas de los proveedores o contratistas obligados.

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BUZÓN PARA RECEPCIÓN DE DEMANDAS. NUMERAL 8° ARTÍCULO 162 LEY 1437 DE 2011
BUZÓN PROVIDENCIAS JUDICIALES