19 Jun Notificación por aviso
Contenido
De conformidad con la comunicación recibida en esta entidad el día 09 de junio de 2015, proveniente de la Delegada para el Ministerio Público Asuntos penales de la Procuraduría General de la Nación, por medio de la cual remite la solicitud elevada por el señor Gonzalo Nazareno Vivas, por medio de la cual manifiesta textualmente: -(…) comedidamente me permito enviarles copia de un falso proceso llevado a cabo en mi contra por el Consejo Superior de la Judicatura de Nariño Distrito Judicial de Pasto, Tribunal Contencioso Administrativo, Tribunal Administrativo de Nariño, Tribunal Administrativo del Cauca-; la Oficina Asesora Jurídica de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, dió respuesta a lo solicitado mediante Radicados No 20151030057481-OAJ del 18-06-2015, informando la falta de competencia de la Agencia para dar respuesta a lo solicitado. En consecuencia, mediante radicados Nos.20151030057491-OAJ y 20151030057491-OAJ, en aplicación a lo dispuesto en el artículo 33 del Decreto 01 de 1984, norma que resulta aplicable en virtud de la reviviscencia del Capítulo VIII del Decreto Ley 01 de 1984, a partir del 1º de enero de 2015 y hasta la fecha anterior al momento en que empiece a regir la nueva ley estatutaria sobre el derecho de petición, según concepto de la Sala de Consulta y Servicio Civil del Consejo de Estado con número de radicación interna 2243 y número único 11001-03-06-000-2015-00002-00 del 28 de enero de 2015; se remitió la solicitud a la Dirección de Asuntos legales del Ministerio de Defensa nacional y a la Oficina Asesora Jurídica de la Policía Nacional respectivamente. Dichos documentos se publican para ser visualizados en formato PDF, teniendo en cuenta que el peticionario no reportó dirección física o correo electrónico para remitir el documento respectivo.” Lo anterior de conformidad con lo dispuesto en el numeral 9º del Artículo 3º de la Ley 1437 de 2011, correspondiente al principio de publicidad, según el cual las autoridades darán a conocer sus decisiones mediante las comunicaciones, notificaciones o publicaciones que ordenan este código y la ley”.
Datos adjuntos
Gonzalo_Nazareno_Vivas1_190615.pdf
Gonzalo_Nazareno_Vivas2_190615.pdf
Gonzalo_Nazareno_Vivas3_190615.pdf
