08 Sep Obligatoriedad en cabeza de los comités de conciliación de sesionar por lo menos dos veces en cada mes
Posted at 14:05h
in Conceptos de oficina asesora jurídica
Entidad de Origen: Instituto Colombiano Agropecuario – ICA
Palabras Claves: Comités de Conciliación/Viabilidad de sesionar cuando las circunstancias lo ameriten únicamente/Periodicidad de sesiones
Radicado de Salida: 20171030054761-OAJ
Fecha del Concepto: 15/08/2017
Año: 2017
Datos adjuntos: c20171030054761-1.pdf
