Comunicados de Prensa

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Bogotá, 25 de septiembre de 2019.- En primera instancia, un juez de Cali negó las pretensiones invocadas mediante una Acción de Grupo de 205 trabajadores y extrabajadores de esa ciudad, por los supuestos perjuicios que les ocasionó el cobro excesivo de comisiones de administración por parte de Colpensiones sobre los aportes de ley que fueron descontados.

Las pretensiones estaban orientadas a que se restituyeran, a través de indemnización y a favor de todos los afiliados, los gastos de administración que presuntamente fueron cobrados en exceso y que generaban un posible impacto fiscal en los recursos de la seguridad social de los colombianos, que podía superar los 30 billones de pesos.

La Procuraduría General de la Nación indicó que no existe el daño o perjuicio alegado que permita el pago o desembolso por parte de Colpensiones, en el proceso, esta entidad y la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado alegaron que la mencionada Acción de Grupo se fundamentó en una interpretación errónea de las normas que regulan el Régimen Solidario de Prima Media con Prestación Definida (RPM) y Régimen de Ahorro Individual con Solidaridad (RAIS), los cuales coexisten pero son excluyentes, y presentan marcadas diferencias en la forma como se deben deducir y distribuir los aportes de sus afiliados.

"Para nosotros ésta es una gran noticia, después de muchos años de defensa judicial hemos logrado que esta decisión sea a favor nuestro lo cual demuestra nuestro profundo compromiso con la protección de los recursos de la seguridad social de todos los colombianos", aseguró Juan Miguel Villa, presidente de Colpensiones.

Finalmente, el juez acogió los argumentos de Colpensiones y de la Agencia de Defensa Jurídica del Estado según los cuales la Acción de Grupo no constituye el medio adecuado para perseguir la reclamación de acreencias y ante la inexistencia de un daño individual y colectivo, la demanda se funda en profundas equivocaciones jurídicas.
 
Para mayor información:
Diana María Gacharná Castro
Asesora Comunicaciones
diana.gacharna@defensajuridica.gov.co​​