Comunicados de Prensa

​La utilización de la mediación en el caso de Centros Poblados

Bogotá, 27 de marzo - De conformidad con los artículos 518 a 527 de la Ley 906 de 2004, actual Código de Procedimiento Penal y la Resolución 0-0383 del 11 de mayo de 2022, mediante la cual el Fiscal General de la Nación adoptó el Manual de Justicia Restaurativa, la mediación penal es un programa de dicha naturaleza que busca que el imputado y la víctima participen de forma activa en la resolución del conflicto derivado del delito, la cual podrá referirse, entre otros aspectos, a la reparación por los perjuicios causados.

En ejercicio de las funciones atribuidas en el artículo 6° del Decreto Ley 4085 de 2011, conforme al poder conferido por el Ministerio y por el Fondo Único de las Tecnologías de la Información y las Comunicaciones, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado ha venido desempeñándose como su apoderada judicial en los procesos penales en los que aquellas entidades han sido reconocidas como víctimas por el caso de connotación nacional Centros Poblados 2020, con el propósito de que se respeten sus derechos a la verdad, justicia y reparación integral.​

En el marco de dichos preceptos, con el propósito de explorar y consolidar alternativas para la recuperación de recursos públicos con ocasión de los hechos originados en el caso Centros Poblados, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado continuará ejerciendo ese mandato dentro del trámite de mediación penal, solicitado por los procesados Emilio Tapia y Luis Fernando Duque, que actualmente se adelanta ante la Universidad Libre, primer centro certificado en el programa por la Fiscalía General de la Nación.