Comunicados de Prensa

​​

Ante observaciones realizadas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado a Hughes Hubbard & Reed, esta firma internacional descarta alianza con Astrea Abogados Asociados S.A.S.

  • En respuesta a las inquietudes planteadas por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado en relación con la propuesta presentada por HUGHES HUBBARD & REED, como resultado de la invitación pública presentada por esta Agencia para representar los intereses del Estado colombiano en el pleito formulado por Continental Gold, dicha firma aclara que, su oferta se relaciona, únicamente, con los servicios prestados por HUGHES HUBBARD & REED.
  • Actualmente, el proceso de contratación para la escogencia de la firma internacional que asumiría la defensa en el mencionado pleito, se encuentra en etapa precontractual.

Bogotá D.C., 31 de marzo de 2025.  Ante las observaciones planteadas el pasado 21 de marzo por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, relacionadas con la propuesta de representación del Estado en el caso Continental Gold Inc. Vs. República de Colombia, la firma internacional aclaró que, “no contempla formar una alianza con Astrea, no ha asumido compromiso alguno con ninguna firma colombiana hasta la fecha y que la propuesta presentada corresponde exclusivamente a Hughes Hubbard".

Inicialmente, es necesario señalar que, como puede corroborarse en la trazabilidad del control realizado por la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, este no se hizo (ni se hace), como resultado de ninguna noticia de prensa formulada por los medios de comunicación y/o por parte de algún ciudadano, puesto que fue el 21 de marzo la fecha en la cual esta entidad actuó dentro del marco de sus competencias.

Ahora bien, la aclaración la realizó la firma internacional frente a una “posible inconsistencia" detectada por la Agencia Nacional de Defensa el pasado 21 de marzo, a través del equipo técnico de arbitrajes de inversión de la Dirección de Defensa Jurídica Internacional, respecto a la información suministrada por Hughes Hubbard & Reed relacionada con su punto de contacto en Colombia.

Esta Agencia le solicitó a Hughes Hubbard & Reed, que confirmara y/o aclarara “si existe o no algún tipo de relación con la firma Astrea Abogados Asociados S.A.S., que pueda, de alguna manera, atentar contra la defensa de la República de Colombia", y validara si Astrea, además de ser su punto de contacto, se constituiría como su aliada nacional en el caso para el cual formularon su propuesta.

Ante estos interrogantes, Hughes Hubbard respondió que, “la propuesta presentada corresponde exclusivamente a Hughes Hubbard, firma que asumiría de manera directa y exclusiva la representación y la responsabilidad profesional en el Asunto Continental Gold. En ese sentido, atendiendo a su primera pregunta, consideramos que una alianza con Astrea no atentaría contra la defensa del Estado colombiano. Sin embargo, a raíz de las preocupaciones identificadas por la ANDJE—que, tras conocerlas, compartimos plenamente—no contemplamos formar una alianza con Astrea".

Así mismo, Hughes Hubbard & Reed, en respuesta a la segunda inquietud planteada por la Agencia de Defensa Jurídica del Estado, respondió que, “Astrea no será la propuesta de Hughes Hubbard como aliada nacional. Hughes Hubbard no ha asumido compromiso alguno con ninguna firma colombiana hasta la fecha, lo cual se refleja en el Anexo 16 de nuestra propuesta, en el que manifestamos nuestra disposición a constituir una alianza estratégica con una firma colombiana, aún sin identificar".

La Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado considera importante poner en conocimiento de la opinión pública que, el proceso de contratación para representar a Colombia en el caso anteriormente descrito se desarrolla por medio de un riguroso proceso de selección; se insiste, que ha sido resultado de la invitación que, por primera vez, realiza la Agencia en este tipo de asuntos.

A su turno, debe resaltarse que participaron 21 firmas internacionales, de las cuales, 19 acreditaron el cumplimiento de los distintos requisitos formulados en la invitación, tales como  -entre otros-, experiencia de los integrantes del equipo propuesto en 15 casos de arbitraje internacional de inversión como representante de parte en los últimos 15 años, así como experiencia de los integrantes del equipo propuesto en 3 casos de arbitraje internacional de inversión o comercial relacionados con el sector minero como representante de parte.

Como requisitos técnicos adicionales se solicitaron: 10 casos de arbitraje de inversión en los que se haya representado a un Estado en los últimos quince (15) años; 2 casos de arbitraje de inversión en los que se haya representado a Colombia en los últimos quince (15) años.

Por último, la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado advierte que, en atención al principio contractual de la selección objetiva, las firmas que representan al Estado colombiano en los procesos de arbitraje internacional, son el resultado de un estudio minucioso de la capacidad técnica y jurídica de los participantes en el que intervienen distintas instancias en el marco de varias etapas, y no obedece, en modo alguno, al criterio único, caprichoso y/o exclusivo de ningún directivo de la entidad. Adicionalmente, es importante acotar que este tipo de procesos, de conformidad con la ley, se tramitan a través de la modalidad de contratación directa.​