No, Conforme al artículo 98 de la Ley 2220 de 2022 -Estatuto de Conciliación-, las conciliaciones extrajudiciales en materia de lo contencioso administrativo deben adelantarse ante la Procuraduría General de la Nación, entidad que tiene la competencia para citar a las audiencias de conciliación por el medio más expedito.