Preguntas Frecuentes

¿El Comité de Conciliación y Defensa Judicial tiene competencia para adoptar la metodología de reconocido valor técnico para el cálculo de la provisión contable de sus procesos?

 
Respuesta:
La normatividad que rige la conformación y funcionamiento de los Comités de Conciliación está prevista en el Decreto Único Reglamentario del Sector Justicia y del Derecho número 1069 de 2015, Capítulo 3 sobre Conciliación, Sección 1, Subsección 2, artículos 2.2.4.3.1.2.1 y siguientes.

 
Bajo este escenario se puede constatar que los referidos Comités no tienen ninguna función legal de la que se pueda desprender que tienen competencia para adoptar la metodología para el cálculo de la provisión contable de los procesos de la Entidad.

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