​​13. ¿La Agencia interviene ante la Honorable Corte Constitucional para que se seleccione la revisión de un expediente de tutela, cuando se encuentre involucrada una entidad del orden territorial o solicitada por parte de una persona natural?
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Respuesta.

¿La Agencia interviene ante la Corte Constitucional para que se seleccione la revisión de un expediente de tutela, cuando se encuentre involucrada una entidad del orden territorial o solicitada por parte de una persona natural? "Las competencias de la Agencia relacionadas con ejercer la facultad de insistencia para la selección de sentencias de tutela para revisión por la Corte Constitucional, en los términos previstos en la ley, acorde con el numeral 3 del artículo 6 del Decreto Ley 4085 de 2011, se encuentran limitadas a los asuntos que involucren intereses litigiosos de la Nación. 

La solicitud de insistencia debe ser efectuada por ministros, directores de departamento administrativo, superintendentes, presidentes o directores de agencia y gerentes de entidades descentralizadas o directores de unidades administrativas especiales o de sociedades de economía mixta, directamente o a través de sus secretarios generales o jefes de oficina jurídica."​

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