​​1. ¿La Resolución 353 de 2016 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado, es de obligatorio cumplimiento?


No, La Agencia Nacional de Defensa Juridica del Estado mediante Resolución 431 del 2023, adoptó la metodología de reconocido valor técnico para la calificación del riesgo y el cálculo de la obligación contingente de los procesos judiciales, conciliaciones extrajudiciales y trámites arbitrales que se adelanten contra la entidad y deban ser registrados en el Sistema Unico de Gestión e Información Litigiosa del Estado - EKOGUI.

Por lo anterior, las entidades usuarias del sistema eKOGUI no están obligadas a aplicar la metodología de provisión contable sugerida por la Agencia, ya que pueden adoptar su propia metodología. Sin embargo, en lo relacionado con la calificación del riesgo de los procesos judiciales, las entidades sí están obligadas a aplicar la metodología establecida en la Resolución 431 de 2023 de la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado (ANDJE).​


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