Preguntas Frecuentes

Con el objeto de resolver las peticiones de extensión de la jurisprudencia a que se refieren los artículos 10 y 102 de la Ley 1437 de 2011, ¿Las entidades públicas deberán solicitar concepto previo a la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado?.

 
Respuesta:
Para que la Agencia Nacional de Defensa Jurídica del Estado emita respuesta a las solicitudes de extensión de jurisprudencia en vía administrativa, las autoridades deberán solicitar concepto previo a la Agencia de acuerdo con lo previsto en el artículo 614 de la Ley 1564 de 2012 (Código General del Proceso). 

 
En el evento en que la respectiva autoridad ya cuente con un concepto sobre la sentencia invocada, no tiene el deber de solicitar un nuevo concepto, debiendo remitirse al mismo en los términos del artículo 2.2.3.2.1.6  del Decreto 1069 de 2015.

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