De conformidad con los lineamientos establecidos por la Agencia, únicamente el perfil denominado Administrador de Entidad posee las facultades para crear, asignar credenciales de acceso e inactivar usuarios dentro del Sistema Único de Gestión e Información de la Actividad Litigiosa del Estado – eKOGUI.
Cuando la entidad cuenta con un usuario registrado con el rol de Administrador de Entidad, la gestión de usuarios debe efectuarse directamente por dicho funcionario a través de las funcionalidades habilitadas en el Sistema, garantizando la administración eficiente, segura y oportuna de los accesos institucionales.
En caso de que la entidad no cuente con un perfil activo de Administrador de Entidad, el Representante Legal deberá remitir una solicitud formal al correo electrónico soporte.ekogui@defensajuridica.gov.co, informando la designación del servidor público que asumirá dicho rol.
Conforme a lo dispuesto en el artículo 2.2.3.4.1.8 del Decreto 1069 de 2015, el funcionario designado deberá acreditar el título de abogado y contar con la vinculación formal a la entidad pública respectiva.
Esta disposición tiene como propósito asegurar que la administración de usuarios se encuentre bajo la responsabilidad de un servidor con formación jurídica y conocimiento del marco normativo aplicable, preservando la seguridad de la información y la integridad de los registros oficiales en el Sistema eKOGUI.